Entender los procedimientos legales que te amparan como trabajador, aliviará las tensiones derivadas de una crisis laboral. ¿Se retrasó tu pago del Sepe?
Infórmate con nosotros para poder hacer la reclamación por tu Erte al Sepe.
¿Qué es el Erte?
El Expediente Temporal de Regulación de Empleo es una autorización transitoria que solicita una compañía para suspender contratos de trabajo.
Esta anuencia puede involucrar a uno o más número de empleados durante un tiempo determinado. O sea, consiste en un permiso que tiene la entidad para prescindir de sus asalariados en un período específico.
Por lo tanto, no está en la obligación de proveer ingresos a sus trabajadores.
Las personas afectadas por un Erte continúan vinculadas a su centro laboral. No obstante, pierden el derecho a cobros, pagas extras y vacaciones durante el lapso que permanezcan fuera de su puesto de trabajo.
El Erte está contemplado en el artículo 47 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. Aparece bajo la nomenclatura: Suspensión del contrato o reducción de jornada por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción derivadas de fuerza mayor.
Las compañías solo podrán acogerse a esta prestación si cuentan con la documentación necesaria para ello. Además, debe quedar muy claro que tal medida transitoria es imprescindible para la superación de una circunstancia coyuntural.
¿Qué hacer si no me han pagado el Erte?
Lo primero que debes hacer si te encuentras en esta situación es verificar si el Erte ha sido aprobado. Puedes realizar la consulta a través de tu perfil en la web del SEPE. En el sitio obtendrás información sobre el Erte de la empresa para la cual trabajas.
Si el expediente figura como aceptado, pero no has recibido los ingresos correspondientes, tendrás que tramitar una reclamación. ¿Cómo hacerlo? Varios canales están dispuestos para que tu demanda llegue a las autoridades oportunas.
Preséntate en las oficinas del Servicio Público de Empleo Estatal de tu zona. Para ello es necesario que obtengas cita a través de la web o el correo del organismo. Este último es: miprestacion2020@sepe.es.
En cualquiera de las alternativas que te sirvan de acceso, procura dejar clara tu situación. De preferencia, vela por entregar una constancia por escrito de tu pedido. Si en un período de 45 días no has obtenido una respuesta, podrás interponer una demanda en el juzgado.
Preguntas frecuentes
Entre las dudas más comunes que nos demandan al contactar con nosotros, están las siguientes:
¿Me pueden despedir después de estar en el Erte?
Una vez transcurridos los 6 meses desde la finalización del Erte, la empresa puede ejecutar despidos sin tener que devolver las ayudas. Incluso, terminado este medio año, el empresario está en condiciones de presentar un ERE definitivo si lo considera oportuno.
La crisis económica generada por la pandemia del nuevo coronavirus repercute con fuerza en compañías grandes y pequeñas. Una situación que pone en vulnerabilidad a muchos trabajadores que deben recurrir al marco legal para ampararse.
¿El Erte consume el paro?
Con el inicio de las nuevas condiciones epidemiológicas, los Erte por Covid-19 se pusieron en marcha. El Ministerio de Trabajo explicó que los trabajadores que recibieran esa prestación extraordinaria, no verían afectadas sus cotizaciones por desempleo. Es decir, ‟en los Erte no se consumía el paro”.
Esto se cumplió hasta el 31 de septiembre de 2020, fecha en la que ocurrió un cambio en la normativa. Así lo confirmó el Real Decreto-Ley 30/2020, en su artículo 8.7. A partir de entonces, comenzó a correr el contador que descuenta cada día que un empleado cobra del Erte.
Para amortiguar los efectos derivados de la nueva estrategia, el gobierno determinó un sistema de compensación y excepciones. Si antes del 1/enero/2022, una persona solicita el paro, no se descontará de sus cotizaciones por desempleo.
En sentido contrario, los ciudadanos que pidan esta prestación a partir de la fecha mencionada hasta el 1/octubre/2026 sufrirán afectaciones. Tendrán que asumir el descuento de las ayudas que hayan estado cobrando del Erte desde el 1/octubre/2020.
¿Cuánto cobras si estás en el Erte?
Los ingresos que adquiere un trabajador del Erte ordinario es el 70% de la base reguladora. Para ello se toma como referencia los 180 días anteriores al inicio de la prestación. Ese porcentaje aplica para los primeros 6 meses, luego los pagos se reducen a un 50%.
El monto que ingresa una persona por este concepto varía en dependencia de la realidad familiar. El valor mínimo que se puede cobrar por esta ayuda es de €501,98 mientras que el tope es de €1 098,09. En el primer caso, si el beneficiario tiene un hijo o más a cargo, la cantidad que cobra es de 671,40 euros.
Con la reducción al 50 por ciento serían 479,57 euros, una cifra insuficiente en la actualidad. Aunque la ayuda esté lejos de suplir las necesidades básicas, un empleado no puede darse el lujo de perder la ayuda.
Aquí, los pagos son personalizados en correspondencia con las oportunidades de cada individuo.
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