¿Qué hacer si recibo una herencia estando casado?

El proceso de cobro de una herencia puede ser complicado si no tienes conocimientos legales. Una de las dudas más comunes es qué pasa cuando recibes estos bienes estando casado y si tienes que dividirlo con tu cónyuge.


¿Tiene derecho mi cónyuge si recibo una herencia?

Para entender si posee derecho tu pareja a la herencia estando casados es necesario que conozcas algunos conceptos:

  1. Bienes gananciales: son los pertenecientes a la sociedad ganancial dentro del matrimonio.
  2. Aquí se incluye el pago de su trabajo, la creación de un negocio o empresa, etc. 
  3. Bienes privativos: son exclusivos de cada cónyuge. Se refiere a todo aquello que se obtiene antes de la unión legal o con dinero propio.
  4. También tiene en cuenta objetos personales como la ropa, el ordenador, etc.


Esto es lo que plantea el Código Civil en los artículos 1 356 y 1 357. La mayoría de las personas se casan bajo el régimen de bienes gananciales.

Sin embargo, esto no influye al momento de recibir una herencia pues es considerada privativa. ¿Cuál sería la respuesta definitiva?

No, el cónyuge no tiene derecho sobre ese dinero o propiedad.

Lo mismo ocurre si el beneficiario decide vender un bien heredado. La ganancia pertenecerá solo a su patrimonio personal sin importar que esté casado.

De igual forma acontece con lo recibido por donación o al momento del divorcio. Lo más recomendable es que guarde el dinero en una cuenta privada a su nombre para evitar confusiones.


¿Qué pasa con las ganancias de esos bienes heredados?

En ocasiones los bienes heredados generan beneficios. En este caso el Código Civil en el artículo 1 347 2 es muy claro. Son considerados de carácter ganancial. Aquí tienes un ejemplo para que lo entiendas mejor.

  ¿Quién paga la plusvalía de herencia por usufructo?

Carlos recibió 30 000 euros de sus padres mientras estaba casado con su esposa. Luego decidió utilizar este dinero para comprar una casa de verano y alquilarla.

La renta o intereses que dicha propiedad genera pertenecen al patrimonio compartido de la pareja. Es decir, ella tiene derecho al 50% de las ganancias. ¿Lo pillas?


Trámites para cobrar una herencia

¿Qué pasos debes dar para cobrar una herencia? Para algunos suele ser un proceso engorroso y difícil.

Quizás tienes que lidiar con la pérdida de un ser querido y en los peores casos con tensiones familiares. Por eso es importante que tengas claro cómo actuar. 

Aquí te lo resumimos:

  1. Certificaciones:

– Certificado de defunción: puedes acudir al Registro Civil donde se inscribió el fallecimiento. También se solicita por vía postal o telemática (https://sede.mjusticia.gob.es) dependiendo de los servicios que ofrezca el centro. 

– Certificado de última voluntad: se solicita al Ministerio de Justicia de manera presencial, por correo o por internet 

– Certificado de seguros: se refiere solo a aquellos que cuentan con cobertura por fallecimiento. Es posible tramitarlo llenando el formulario en Internet . Esto se puede realizar 15 días después de la muerte del familiar.

  1. Copia oficial del testamento: dirígete a la notaría que indica el certificado de últimas voluntades.
  2. Pide allí una copia autorizada o compulsada. También puedes hacerlo por correo postal con todos los documentos y firmas correspondientes.

  3. Declaración de herederos: este paso es necesario si el fallecido no dejó testamento. Acude a la notaría si hay algún parentesco. En caso de que no lo haya debes presentarte en el juzgado. Asegúrate de contar con dos testigos.

  4. Inventario de bienes y deudas: proceso de confección del cuaderno particional. Incluye la obtención y solicitud de propiedades, saldos bancarios, etc.

  5. Cuaderno particional: recoge la identificación de los participantes o interesados en la herencia e inventario de bienes. También abarca las deudas del fallecido en cuestión y adjudicaciones.

  6. Liquidación de impuestos: al ser un tributo estatal cedido puedes pedir una prórroga durante los primeros 5 meses. Esto se solicita a la Consejería de Hacienda. 

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