¿Cuánto se cobra de baja y quién me paga?

Cuando un trabajador detiene sus funciones debido a un accidente o enfermedad y sigue cobrando su salario; se dice que está en un período de baja laboral. El parte médico de incapacidad es el documento en el que la baja es acreditado. 

Ahora, esto no es siempre un proceso sencillo, hay varios pasos que deben tenerse en cuenta. Desde los requisitos para recibir dicho dinero, hasta quién será el encargado de pagarlo y el monto a cobrar.


¿Cuánto se cobra de baja?

Para saber cuál es el monto a adquirir, se hace un cálculo sobre la nómina del mes anterior trabajado.

Una vez conozcas la suma, contarás con los siguientes beneficios: 

  • Del cuarto al vigésimo día podrás cobrar el 60%. Luego del decimosexto día tu salario estará a cargo de la Seguridad Social, aun cuando el abono siempre lo realice la empresa. 
  • Después del día 21 recibirás el 75% de tu base reguladora.

Todo lo anterior varía según los convenios profesionales. Existen algunos, por ejemplo, que pagan el 100% de la base reguladora desde el día uno.


¿Quién es el encargado de hacer el pago durante la baja laboral?

El abono generalmente lo hace la empresa, como un pago delegado de la Seguridad Social. O sea, la empresa funciona como intermediaria entre la Seguridad Social y el trabajador.

También puede realizar los pagos la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) o la Mutua colaboradora. 

Si la baja es por contingencias comunes, los primeros 15 días la paga la empresa, y a continuación se encarga la Mutua o TGSS.

Si la baja excede los 365 días, entonces el pago pasa a manos de la Seguridad Social.

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Siempre teniendo presente que en los primeros 3 días no se recibirá dinero alguno. 

En caso de que la empresa no cumpla con su deber, el trabajador puede ir directamente a la Mutua o a la Seguridad Social.


Tipos de bajas laborales

En dependencia del motivo por el cual la persona dejó de trabajar, las bajas laborales suelen dividirse en dos grandes grupos y un tercero especial: 

  1. Las bajas por Contingencias Comunes:

Cuando el trabajador sufrió un accidente fuera del horario laboral o la enfermedad que tiene es común, o sea, no tiene nada que ver con el trabajo. 

  1. Las bajas por Contingencias Profesionales:

Esta clase de baja está relacionada directamente con el trabajo. Incluye enfermedades laborales contraídas en el centro, debido a alguna actividad mal realizada. Puede ser además, un accidente sufrido en un ambiente laboral o al acudir al mismo. 

  1. En la situación específica de la pandemia del covid-19:

En la ley se confirma que los contagios de coronavirus que sufran los trabajadores serán pagados desde el primer día. Independientemente de que el contagio haya ocurrido o no en el centro.

A esto también se aplican las situaciones de confinamiento como si fueran una contingencia laboral. Si además, puede probarse que el contagio ocurrió en el establecimiento, entonces será considerado una baja por accidente laboral.


Requisitos para cobrar la baja laboral

Para poder recibir el pago de la baja laboral se necesita cumplir con los siguientes requisitos: 

  • Estar dado de alta en la Seguridad Social o en una circunstancia similar al alta.
  • Haber cotizado un mínimo de 180 días en los 5 años anteriores, en caso de que la baja sea por contingencias comunes.

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Si has sufrido un accidente o enfermedad laboral, no es necesario tener cotizaciones acumuladas.

El no presentar estos requisitos no significa que la persona tenga que acudir al trabajo porque de igual forma está de baja. Sin embargo, será incapaz de recibir el salario.


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